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PRÁCTICA EMPRESARIAL, NOTAS DE INTERÉS

  • Psi. Sara Natalia Moreno Coordinadora Prácticas
  • 9 oct 2017
  • 1 Min. de lectura

CONTRATO DE APRENDIZAJE

Una de las modalidades de desarrollo de Práctica Empresarial avaladas por el reglamento de Práctica Empresarial es el Contrato de Aprendizaje, la cual cuenta con las siguientes características para su ejecución:

  • Duración mínima de seis meses a 1 año como máximo (jornada de lunes a sábado en cumplimiento de 8 horas laborales diarias y un máximo de 48 horas laborales por semana)cumplimiento de 880 (ochocientas ochenta) horas o la totalidad pactada en el contrato de aprendizaje.

  • El estudiante cursa sus estudios y realiza su ejercicio práctico en alternancia. El empleador pagará el 100% de 1 SMLV que constituye un apoyo de sostenimiento mas no es considerado salario.

  • Se permitirá tomar vacaciones lectivas, más no empresariales, salvo a que se llegue a un acuerdo distinto (acta de suspensión del contrato).

  • Obligación del empleador: afiliación a la EPS que elija el aprendiz y ARL, dichas afiliaciones deben realizarse un día antes de empezar a laborar y cuyo monto total debe asumirlo la empresa, sin incurrir en descuentos para el aprendiz, y efectuar los pagos correspondientes a tiempo.

  • Los estudiantes de los programas técnicos profesionales de la Corporación Tecnológica Industrial Colombiana cuentan como cuota moderadora.

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